martes, 13 de octubre de 2009

LA ENCICLOPEDIA: EL PRIVILEGIO

Privilegio significa una distinción útil u honrosa de la que gozan ciertos miembros de la sociedad y de la que los demás carecen. Hay varias clases de ellos:
1. Los que pueden llamarse inherentes a la persona en razón de los derechos de su nacimiento o de su estado […].
2. Los que se cedieron mediante las cartas del príncipe registradas en los tribunales en donde podía ser constatado el disfrute. Esta segunda clase se subdivide en otras dos, conforme a las diferencias de los motivos que determinaron al príncipe a concederlos. Los primeros pueden llamarse privilegios de dignidad […].
Finalmente, la última clase de privilegios es la de los que podemos llamar de necesidad. Entiendo por estos las exenciones particulares que, sin estar concedidas a la dignidad de las personas y de las funciones, lo son por la simple necesidad de poner a esas personas a cubierto de las vejaciones a las que sus propias funciones las exponen por parte del público. Tales privilegios son concedidos a los encargados de las contribuciones y a otros dedicados a la percepción de los impuestos […]. Sería muy deseable que las necesidades del Estado, la necesidad de los negocios o de las intenciones particulares no hubiesen multiplicado los privilegios tanto como lo han hecho y que de cuando en cuando se volviera a los motivos a los que deben su origen para ser idadosamente examinados, y tras haber distinguido bien la diferencia de esos motivos se resolviera conservar solo los privilegios que se dirigieran a la utilidad del príncipe y el público.
Es muy justo que la nobleza, cuyo deber es servir al Estado en los ejércitos o al menos ofrecer personas para cumplir esa obligación, y que magistrados, dignos de consideración por la amplitud y la importancia de sus funciones y que hacen justicia en los tribunales superiores, gocen de distinciones honrosas que al mismo tiempo son la recompensa de los servicios que prestan y les procuran el sosiego espiritual y la consideración que necesitan para dedicarse útilmente a sus funciones […].

Louis de JAUCOURT, artículo «Privilegio» en la Enciclopedia, 1751-52

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